Glosario de pensiones
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DENOMINACIÓN
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Nombre del instrumento financiero.
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DEPOSITARIA
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Es la entidad financiera (banco o caja de ahorros) encargada de los activos del fondo y/o sociedad, así como de las suscripciones y reembolsos de las participaciones.Asume ciertas funciones de control sobrre la actividad de la gestora, en beneficio del partícipe.
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DERECHO CONSOLIDADO
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Son derechos consolidados por los partícipes de un plan de pensiones los derechos económicos derivados de sus aportaciones y del régimen financiero actuarial de capitalización que aplique el correspondiente Plan.
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DERIVADO
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Son aquellos instrumentos financieros cuyo precio no sólo varía en función de parámetros como riesgo, plazo, etc, sino que también depende de la cotización que alcance en el mercado otro activo, al que se denomina subyacente. El inversor apuesta por una determinada evolución de dicho subyacente (al alza o a la baja) en los mercados de valores.
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DESVIACIÓN TÍPICA
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Es una medida del riesgo del fondo. Indica cómo, en términos medios, la rentabilidad del fondo se ha desviado de su media. Una desviación típica alta significa que la rentabilidad del fondo ha experimentado fuertes variaciones mientras que una baja indica que la rentabilidad del fondo ha sido mucho más estable. Muchas veces se utiliza el término volatilidad para designar a la desviación típica.
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DEUDA PÚBLICA
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Valores de renta fija emitidos por el Estado, otros entes territoriales (Comunidades Autónomas...) y organismos públicos. En el caso de la deuda pública española, la página web del Banco de España ofrece información sobre precios cotizados y operaciones cruzadas.
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DISOLUCIÓN
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Liquidación de un plan de pensiones y por tanto de sus participaciones.
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DISTRIBUCIÓN DE UNA CESTA
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Composición y pesos de los planes que constituyen la cesta. Está distribución se efectúa en función del perfil de inversión del cliente.
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DIVERSIFICACIÓN DE RIESGOS
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(asset allocation): es un principio básico de la operativa en mercados financieros, según el cual los riesgos pueden controlarse si el importe global que se pretende invertir se distribuye entre productos con diferentes expectativas de rentabilidad y riesgo. La idea que subyace es que, integrando activos de riesgos opuestos, éstos puede compensarse en distinto grado, de modo que el riesgo del agregado resulte inferior.
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DIVIDENDO
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Es la parte del beneficio social que se reparte entre los accionistas. Junto con las posibles plusvalías obtenidas por la revalorización, es la principal fuente de rentabilidad de las acciones, y constituye el derecho económico por excelencia de sus titulares (reconocido en el artículo 48 de la Ley de Sociedades Anónimas). En ocasiones, la junta general puede estimar conveniente no proceder al reparto del dividendo.
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DOCUMENTACIÓN LEGAL
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Documentación remitida por gestora o el depositario. La normativa obliga a proporcionar a los partícipes determinadas informaciones que les permitan conocer el alcance y la evolución de sus inversiones. Entre ellas se encuentra las especificaciones, política, normas, semestral y trimestral entre otras en el caso de los planes de pensiones.